domingo, febrero 05, 2006
Coca Cola en México discrimina a los homosexuales
Es una pena que en 2006 tengamos que seguir leyendo y enterándonos de este tipo de cosas. Roberto Mendoza Ralph, ingeniero mecánico, de 39 años fue elegido para ocupar el cargo de director de Desarrollo y Tecnología en Coca-Cola FEMSA, todo bien, pero cuando Eulalio Cerda Delgadillo, director de recursos humanos de la empresa se enteró que Mendoza era homosexual, lo despidió. En junta de directivos dijo:
Mientras yo sea responsable de recursos humanos en esta empresa no tendré un puto como director
Touché. Ante esto, se demandó a la empresa ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Coca Cola FEMSA respondió que él nunca había trabajado en la empresa. De acuerdo al periódico Crónica, se está presionando a los medios para que no se conozca del caso, además de que Roberto Mendoza está recibiendo amenazas telefónicas asegurando que lo van a contrademandar.
¿Qué dice la ley? en Olganza se cita el punto relevante:
La discriminación por “Preferencia Sexual” es prohibida en México por el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y por el artículo 206 del Código Penal del Distrito Federal.
Según Coca Cola, ellos tienen una política de cero tolerancia ante la discriminación en todas sus formas dentro de la organización. Ahora aceptan que el demandante trabajó en la empresa pero que se firmó un contrato de finiquito en común acuerdo.
Por el momento Mendoza Ralph ganó el primer round de este problema, pero el proceso continua. Menea este post.
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Mientras yo sea responsable de recursos humanos en esta empresa no tendré un puto como director
Touché. Ante esto, se demandó a la empresa ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación. Coca Cola FEMSA respondió que él nunca había trabajado en la empresa. De acuerdo al periódico Crónica, se está presionando a los medios para que no se conozca del caso, además de que Roberto Mendoza está recibiendo amenazas telefónicas asegurando que lo van a contrademandar.
¿Qué dice la ley? en Olganza se cita el punto relevante:
La discriminación por “Preferencia Sexual” es prohibida en México por el artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación y por el artículo 206 del Código Penal del Distrito Federal.
Según Coca Cola, ellos tienen una política de cero tolerancia ante la discriminación en todas sus formas dentro de la organización. Ahora aceptan que el demandante trabajó en la empresa pero que se firmó un contrato de finiquito en común acuerdo.
Por el momento Mendoza Ralph ganó el primer round de este problema, pero el proceso continua. Menea este post.
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